Mediante comunicado de prensa de fecha 15 de octubre de 2014, la Comisión Europea se pronunció sobre el régimen fiscal español que beneficia a las empresas que adquieren participaciones en sociedades extranjeras, en el sentido de que es incompatible con las normas sobre ayudas estatales de la Unión Europea (en adelante UE).
El régimen cuestionado, permite a las empresas deducir de la base imponible del impuesto de sociedades el fondo de comercio financiero derivado de la adquisición indirecta de participaciones en sociedades extrajeras. La medida otorga a los beneficiarios una ventaja económica selectiva que no puede justificarse en virtud de las normas sobre ayudas estatales de la UE, y que ahora deberán restituir al Estado español.