En el Consejo de Ministros del pasado 28 de junio se aprobó la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, publicado el 3 de julio de 2013 en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, que crea, en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido, el régimen especial del criterio de caja.

 

Con la finalidad de evitar la despatrimonialización de las sociedades en perjuicio de la Hacienda Pública, la LGT recoge en el artículo 170.6, una nueva medida con carácter cautelar y que sin embargo, se ha ubicado en el precepto que regula la diligencia de embargo y la anotación preventiva.

 

El régimen establecido en la mencionada Circular, se aplica desde el 1 de enero de 2013 a las personas físicas y jurídicas residentes en España que realicen transacciones con no residentes (cobros, pagos y/o transferencias exteriores, así como variaciones en cuentas o posiciones financieras deudoras o acreedoras) o mantengan activos o pasivos frente al exterior.