La Agencia Tributaria a través de la Dirección General de Tributos (DGT, en adelante) emitió el pasado 19 de septiembre, la consulta vinculante V29/2017, en la que se plantea la cuestión sobre si en el caso de que dos personas adquieran un bien inmueble, cada uno al 50%, y deciden, posteriormente, disolver la comunidad de bienes, adjudicando al otro comunero el 100% del inmueble, debería dicha operación estar sujeta al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

La reciente consulta vinculante V2490-17, de 4 de octubre de 2017 admite la deducibilidad del gasto fiscal por la adquisición de décimos de lotería para atenciones a clientes.

El consultante desarrolla una actividad profesional en estimación directa y adquiere décimos de lotería de Navidad para regalarlos a sus clientes, y plantea la deducibilidad fiscal del gasto incurrido por la compra de décimos de lotería.

El pasado 5 de diciembre se aprobó la primera lista de la Unión Europea de países y territorios no cooperadores en materia fiscal. Se han incluido 17 países por no respetar las normas de buena gobernanza fiscal acordadas. Así como 47 países que se han comprometido a subsanar las deficiencias de sus sistemas tributario y cumplir los criterios requeridos.

El objetivo es promover la buena gobernanza en todo el mundo, con el fin de maximizar los esfuerzos por prevenir el fraude fiscal y la evasión fiscal. La iniciativa forma parte de la estrategia exterior del Consejo en materia de fiscalidad y dar cumplimiento a sus Conclusiones de noviembre de 2016, en las que pedía que se elaborara una lista antes del término de 2017.

 Desde la entrada en vigor de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, las personas físicas y jurídicas (con excepciones) residentes fiscales en España, están obligadas a presentar la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720).

Una vez pasadas las fiestas navideñas y celebrado el tan deseado sorteo de Navidad cabe recordar cual serían las implicaciones fiscales de ser agraciados en este sorteo. Es por ello por lo que cabe recordar que la normativa interna española desarrolla este punto en su disposición adicional trigésima tercera, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.