Tributación de las dietas de trabajadores extranjeros
Una sentencia de la Audiencia Nacional concluye que la sujeción de cantidades satisfechas en concepto de dietas y gastos de desplazamiento a trabajadores no residentes de la UE contraviene tanto la legislación interna como el derecho comunitario.
Así lo establece en una sentencia en relación con la tributación en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes cuando esas dietas están exentas, bajo ciertas condiciones, para los trabajadores residentes. El TEAC confirmó las liquidaciones por entender que el régimen de exención para dietas y gastos de desplazamiento únicamente aplica a los contribuyentes por el IRPF.
A juicio de la Audiencia Nacional la remisión que la Ley del impuesto de la renta de no residentes hace a la normativa del IRPF implica que la determinación de los rendimientos íntegros del trabajo será igual para residentes que para no residentes. Asimismo, se razona que la actuación de la Administración discrimina injustificadamente a los no residentes, lo que vulnera frontalmente las libertades de circulación.
Esta sentencia tiene gran impacto en las multinacionales que operan en España
España discrimina a los no residentes, lo que vulnera la libertad de circulación
Sede de la Audiencia Nacional.
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Asesor Fiscal Expatriados
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